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El pedido fue formulado por el fiscal Gastón Medina tras acreditarse que el imputado, identificado por sus iniciales R.J.M., consumó los ataques aprovechando un régimen de visitas. El tribunal integrado por Luis Giorgetti, Luciano Hermosilla y Cristian Piana dictará el veredicto en las próximas 48 horas.

La resolución judicial en un grave caso de abuso infantil ingresó en su etapa de definiciones en la capital de la provincia. En el marco de una audiencia de cesura celebrada en la Ciudad Judicial, los representantes del Ministerio Público Fiscal requirieron una condena de 12 años de prisión efectiva para R.J.M., un ciudadano que ya fue declarado penalmente responsable de agredir sexualmente a una niña en un contexto residencial.

Para establecer el monto de la pena solicitada, el fiscal del caso, Gastón Medina, computó diversos elementos atenuantes y agravantes. Entre los factores que elevan el reproche penal, el funcionario ponderó de manera particular la magnitud del perjuicio psicológico y físico ocasionado a la damnificada, el marco de violencia de género en el que se desenvolvieron los hechos y la marcada disparidad de edad y de poder existente entre el agresor y la víctima. La defensora de los Derechos del Niñez y Adolescencia, Andrea Rapazzo, quien forma parte del expediente bajo el rol de querellante institucional, respaldó de forma unánime el requerimiento de la fiscalía.
Las pautas del juicio de responsabilidad y la desobediencia judicial

La plataforma fáctica convalidada durante la instancia previa de juicio determinó que las agresiones sexuales con acceso carnal se ejecutaron entre los meses de agosto y octubre del año 2023. Las acciones delictivas tenían lugar en el interior de un inmueble situado en un barrio de la capital neuquina. De acuerdo con la investigación, el condenado se valía de los momentos en que la niña asistía a la vivienda compartida en cumplimiento de un régimen de comunicación y visitas formalizado.

Además de los abusos contra la menor, el expediente incorporó otro hecho de carácter penal. En marzo de 2024, R.J.M. incurrió en el delito de desobediencia a una orden judicial. El imputado quebrantó de forma flagrante una medida cautelar de restricción impuesta originalmente por el Juzgado de Familia N° 2, la cual le prohibía de manera expresa desplegar cualquier acto de hostigamiento, agresión, perturbación o violencia directa o indirecta, además de fijar una exclusión de acercamiento con un límite mínimo de 200 metros respecto de la madre de la niña.
Encuadre penal y registro de violadores

Por la sumatoria de las conductas desplegadas, el tribunal que evalúa la sanción —el cual mantiene la misma composición de jueces que intervino en el veredicto de culpabilidad— consideró al imputado autor penalmente responsable de los siguientes delitos en concurso:

Abuso sexual con acceso carnal de carácter agravado por el vínculo de ascendencia.

Agravado por mediar una situación de convivencia preexistente con una persona menor de 18 años de edad.

Desobediencia a una orden dictada por una autoridad judicial.

Como disposición complementaria ligada a la sentencia firme, las autoridades ordenaron la inclusión de los datos de R.J.M. en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS). En consonancia con las normativas de protección de minorías y víctimas de violencia, la filiación completa del condenado permanece bajo estricta reserva pública para tutelar de manera absoluta el derecho a la intimidad de la niña afectada. El cuerpo de jueces comunicó que la Oficina Judicial dispondrá la fecha del acto procesal adonde se leerá la sentencia definitiva dentro de un plazo de dos días.