A través del Decreto 271/2026, el Poder Ejecutivo oficializó este viernes la Ley 27.804, que introduce modificaciones estructurales al régimen de protección de glaciares vigente desde 2010. La normativa, rubricada por el presidente Javier Milei, redefine el marco ambiental con un fuerte sesgo federal, delegando en las jurisdicciones provinciales la autoridad para categorizar y administrar las áreas protegidas.
Federalismo ambiental y nuevas definiciones
El eje central de la reforma es el traspaso de facultades a los estados provinciales. A diferencia del esquema anterior, ahora serán las autoridades locales quienes determinen qué zonas califican como glaciar o ambiente periglacial. Entre las novedades principales se destacan:
·Autonomía de Inventario: Las provincias podrán solicitar que ciertas áreas sean excluidas del Inventario Nacional si demuestran técnicamente que no cumplen una función hídrica relevante.
·Criterio de Explotación: El uso de los recursos naturales se interpretará bajo el principio de equilibrio entre el desarrollo económico (especialmente minero e hidrocarburífero) y la sustentabilidad ambiental.
·Rol del IANIGLA: Si bien el instituto técnico nacional mantiene la custodia del inventario, su actualización dependerá directamente de los datos y relevamientos suministrados por las provincias.
Prohibiciones condicionadas
La ley mantiene nominalmente las restricciones para actividades industriales y extractivas (minería, hidrocarburos e instalación de industrias), pero introduce un matiz fundamental: la prohibición solo regirá en glaciares que se identifiquen fehacientemente como portadores de funciones hídricas.
Corresponderá a cada jurisdicción realizar los estudios de impacto ambiental para evaluar si un proyecto específico compromete o no el aporte hídrico de la zona en cuestión.
El debate parlamentario y la resistencia judicial
La norma fue sancionada el pasado 8 de abril con una votación dividida que refleja la polarización del tema:
·Diputados: 137 afirmativos frente a 111 negativos.
·Senado: 40 votos a favor y 31 en contra.
El proceso no estuvo exento de críticas. Organizaciones civiles y sectores de la oposición cuestionaron la representatividad de las audiencias públicas, señalando que solo pudieron exponer menos de 400 personas de las 100 mil inscriptas originalmente.
Conflicto en puerta: Referentes ambientalistas ya adelantaron que presentarán recursos de amparo ante la Justicia, argumentando que la ley vulnera principios de progresividad ambiental y que la descentralización de la protección podría derivar en una degradación irreversible de las reservas de agua dulce de la Cordillera.
