La diputada Laura Bonotti y el diputado Andrés Peressini (Siempre) presentaron un proyecto para que la provincia adhiera a la ley nacional que regula el ejercicio profesional de la fonoaudiología -ley 27568-, sancionada en octubre del 2020.
La propuesta adhiere en todos sus términos a la normativa nacional y determina que el Ministerio de Salud inscribirá el título habilitante de grado de las y los fonoaudiólogos a fin de autorizar el ejercicio profesional mediante el otorgamiento de la matrícula correspondiente.
Los fundamentos destacan el alcance de la disciplina sobre pacientes con diversas dificultades tanto para el habla como para la audición. La rama permite, entre otros tratamientos, corregir trastornos mediante dispositivos para incrementar la sensibilidad a los sonidos, rehabilitar la audición y fomentar la terapia del lenguaje alterado por afectaciones en el sistema nervioso.
Las actividades contempladas por la ley nacional dentro de la profesión son la promoción, prevención, estudio, exploración, investigación, evaluación por procedimientos subjetivos y objetivos que permitan el diagnóstico, pronóstico, seguimiento, tratamiento, habilitación y rehabilitación de las patologías de la comunicación humana en las áreas de lenguaje, habla, audición, voz, fonoestomatología entendida como funciones orales de succión, masticación, sorbición y deglución para el tránsito de la saliva y las relacionadas con la ingesta de la alimentación, e intervención temprana entendida como acciones de neurohabilitación para desarrollar las funciones que sustentan la comunicación y el lenguaje.
La legisladora y el legislador retoman los fundamentos del proyecto que finalmente se aprobó en el Congreso Nacional el año pasado, en los que se remarcaba que la fonoaudiología es una disciplina científica cuyo objeto de estudio es la comunicación humana en las áreas de lenguaje, habla, audición, vestibular, voz y fonoestomatologia. Se ocupa de las alteraciones funcionales en los dominios mencionados interviniendo en la promoción y prevención, en el diagnóstico, el tratamiento específico y la rehabilitación. Por lo tanto, “la Fonoaudiología es la disciplina única e imprescindible que aborda las diversas entidades patológicas que impactan en la salud general, la comunicación y la adecuada inserción social de las personas cualquiera sea su edad y condición, no existiendo hasta la fecha una normativa nacional que regule su ejercicio profesional”.