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A menos de dos semanas de su implementación, la nueva normativa conocida como “ley de inocencia fiscal” ha provocado un giro drástico en los tribunales federales. En apenas 13 días hábiles, se ha registrado una finalización masiva de expedientes judiciales debido a la actualización de los umbrales económicos que definen los delitos tributarios.


El salto exponencial en los montos de punibilidad

El núcleo de este fenómeno radica en la elevación sustancial de las cifras mínimas requeridas para que una infracción sea considerada un delito penal. Los incrementos, que en algunos rubros alcanzan el 9.900%, quedaron establecidos de la siguiente manera:

·Evasión simple: El piso subió de $1,5 millones a $100 millones.

·Evasión agravada: El umbral se desplazó de $15 millones a $1.000 millones.

·Evasión por terceros: El monto mínimo pasó de $2 millones a $200 millones.

Un efecto dominó en los juzgados

La parálisis y el archivo de las causas se están fundamentando en el principio jurídico de la ley penal más benigna, el cual obliga a aplicar la norma más favorable al acusado de manera retroactiva.

Este proceso de clausura de legajos se está ejecutando a través de dos vías:

1.Solicitudes de defensa: Abogados defensores que reclaman el sobreseimiento inmediato basándose en los nuevos valores.

2.Actuación de oficio: Magistrados que, por cuenta propia, dictan el cierre de los expedientes al quedar las sumas investigadas por debajo de los nuevos mínimos legales.

En gran parte de estos procesos, el Ministerio Público Fiscal ha optado por no presentar apelaciones o, incluso, ha prestado su conformidad para el archivo definitivo de las investigaciones.