Marcelo Hertzriken Velazco es el abogado defensor del concejal Sebastián Avila, quien fue imputado por disparar tres veces contra un vecino de apellido Herrera en un hecho ocurrido en la zona de chacras de Plaza Huincul, el 11 de enero pasado. El letrado, señaló que vamos a aportar la prueba, la evidencia en dos sentidos. Una puede ser que Ávila no sea el autor del hecho; la otra que, si fuera el autor, tiene alguna causa de justificación”, dijo.
El profesional dialogó con este medio, respecto al tema.
P_: Doctor, ¿qué es lo que ocurrió? ¿Estuvo Ávila en la casa de Herrera, de este hombre que lo denuncia como su agresor armado?
MHV_: En principio no. Todavía Ávila no declaró, se le formularon cargos el viernes pasado. Estuvimos con nuestro equipo del estudio jurídico representándolo, es decir, tres abogados. Y en principio es una formulación de cargos que logramos que se restringiera al delito de lesiones graves agravadas por ser producida con un arma de fuego. Con lo cual, para entender la naturaleza jurídica de la audiencia del viernes, es sencillamente la formulación de cargos que es, en la práctica, notificar a una persona denunciada de que se lo esté investigando y se lo va a investigar por un término de dos meses. Término que puede ser prorrogado o bien concluida esa investigación, el fiscal puede llegar a la conclusión de que no hay elementos para llevarlo a juicio, sobreseerlo o lo contrario, acusarlo. Ese es el estado de cosas.
P_: Hoy es inocente, esto, creo que es lo que usted me quiere decir….
MHV_: De la presunción de inocencia goza hasta el momento que haya una sentencia condenatoria firme, estadio que estoy en condiciones de pronosticar que no va a acontecer porque se trata de un hecho muy menor y justamente nosotros vamos a aportar la prueba, la evidencia en dos sentidos. Una puede ser que Ávila no sea el autor del hecho, la otra que si fuera el autor tiene alguna causa de justificación. Pero esas son básicamente la teoría de nuestro caso. Estamos avanzando con recoger la evidencia, la prueba, como para fortalecer nuestro obligado investigativo de la defensa.
P_: Para aquellos que no somos abogados, desásneme un poquitito. ¿Existe alguna justificación para disparar tres veces sobre otra persona?
MHV_: Claramente.
P_: ¿Por ejemplo?
MHV_: Claro, en el 34 y en el 35. por ejemplo...
P_: Legítima defensa, ¿no?
MHV_: Sí, claro, exacto. Exacto. La legítima defensa. Por los tres presupuestos que tiene la legítima defensa. Así que estamos trabajando en la hipótesis del caso.
Lo que sí puedo adelantar es que la víctima del hecho es una persona del ámbito criminal, conocido en el ámbito criminal, en tanto mi representado es conocido en la localidad por haber sido electo en forma directa por el pueblo de Cutral Co.
P_: De Plaza Huincul doctor.
MHV_: Perdón, Plaza Huincul. Y la otra cuestión no menor es que también es una persona que ha sido sometida a elecciones varias veces en la organización sindical de Petroleros
P_: Por lo que usted me dice, me suena que esto podría tratarse más que en una legítima defensa de un caso de justicia por mano propia, ¿puede ser? Digo, vino alguien, me robó, es una persona en el ámbito delictivo, como dice usted, como la describió usted. Entonces yo voy y hago justicia…
MHV_: Nosotros no vamos a ir más lejos que cuando le toque a él declarar y dar una explicación.
Ahí se le está facturando, materia de investigación fiscal, se están hablando de dos o tres personas y el fiscal tiene la hipótesis que dentro de ese grupo de personas estaba Ávila, con lo cual, obviamente, que nosotros estamos chequeando esa información. Creo que quienes aportan la descripción de la persona y conocen a la persona sería la víctima supuesta del hecho y alguna persona que estaba con él.
P_: Claro, había dos personas al momento del hecho.
MHV_: Sí, sí, evidencia testimonial. Pero bueno, nosotros estamos confrontando y trabajando en una hipótesis alternativa y también, ¿por qué no?, en la posibilidad de buscar alguna salida al trámite del legajo que está autorizada por el mismo.
P_: ¿Algún acuerdo extrajudicial? O judicial
MHV_: No, siempre judicial. Existe la mediación penal, existen los principios de oportunidad, existen las suspensiones de juicio a prueba. Hay modos alternativos de resolución de un conflicto que entendemos que es muy menor, más allá de que una herida de arma de fuego impresiona como un hecho grave, no menos cierto que en el contexto en el cual aparentemente se habría producido tiene algún tipo de justificación. Y la escala punitiva de las lesiones graves lo posibilitan, con lo cual estamos trabajando no solo la teoría del caso, sino la posibilidad de solucionar el conflicto entre las partes, obviamente siempre contando, siempre contando con el beneplácito, la anuencia o no, a veces se cuenta, a veces no se cuenta, de la fiscalía. Más de una vez nosotros hemos acordado con la parte contraria, sea en el rol que fuera, porque yo trabajo muchísimo con la querella, con la acusación particular, con víctimas, y a veces nos ponemos de acuerdo con el imputado o con la víctima, por ahí la fiscalía no está de acuerdo en que se solucione alternativamente esto y bueno, y eso se litiga, a veces se discute con la fiscalía y más de una vez los jueces tienen como criterio el criterio rector, y muchos de los fiscales también, el criterio rector de solucionar los conflictos primarios buscando la paz social, conforme el artículo 17 del Código de Procedimientos.
P_. ¿Están muy lejos de lograr un posible acuerdo con la víctima?
MHV_: Hay que intentarlo. No, no, yo no he dialogado en forma particular; sí lo voy a hacer en estos días, pero estamos tratando de trabajar en varios frentes. El primer frente es la no ocurrencia del hecho o la no posibilidad de endilgarle a nuestro asistido la comisión del hecho delictivo y paralelamente, si así fuera, o aunque no fuera, como manera de resolver la cuestión, buscar una solución alternativa. Eso es el trabajo de cualquier abogado particular todos los días. Máxime, que a partir del 2014 se consagró esta forma de resolver conflictos que no son tan graves como pueden ser otros. Así que estamos trabajando, es un caso más, es un caso sencillo y nos parece que no reviste, en el contexto en que se produjeron las lesiones, no revistiría entre comillas la gravedad tal como para llevar esta cuestión a juicio. Ese es mi punto de vista objetivo, más allá del rol que tuviera. Si hoy representara a la víctima también le estaría diciendo lo mismo a la víctima, decir bueno, también podemos buscar una alternativa que le sirva a ambas partes.
P_: Usted ya tomó contacto con el expediente y con las pruebas. ¿Hay filmaciones? ¿Hay algún tipo de vídeo?
MHV_: Hay una videofilmación pero que se relaciona con vehículos, pero con posterioridad y anterioridad del hecho,
P-. Ah, no del momento del hecho…
MHV_: No en el momento de la ocurrencia. Obviamente que puede ser un indicio, obviamente que el fiscal en la hipótesis que se propone es comprobar que esa camioneta o la tripulaba mi representado o alguna persona de su conocimiento, de su amistad y que él estaba en ese vehículo.
P-. ¿El vehículo es propiedad de Ávila?
MHV_: No, no, no. Entonces, son las hipótesis, a ver... vamos a hablarlo claro: son los roles que cada uno ejerce en el proceso. Tenemos un fiscal jefe investigando, un asistente letrado o un adjunto investigando y es lo esperable como integrante de la sociedad, ya no le digo como abogado, que los fiscales impulsen las actuaciones oficiosamente e investiguen los comportamientos que consideran delictivos. Lo que a mí me toca en este caso, en rol de abogado defensor, es procurar la solución del caso de la manera más leve para mi representado… No es un caso, yo entiendo que ustedes por el rol de comunicadores sociales obviamente les interesa pero no menos cierto de que no, en el contexto en el cual se habría producido el hecho este, no va más allá de la posibilidad de que una persona o un grupo de personas indignados con personas del ambiente criminal, como usted bien dice, pudieron ejercer una legítima defensa o hacer justicia por mano propia. No es mucho más lejos que eso que le acontece a un sinnúmero de personas que reaccionamos o reaccionan frente a algo de contenido injurioso, como puede ser la comisión de un delito en perjuicio de uno. Así que bueno, vamos a seguir trabajando el caso y yo les agradezco el espacio como para hacer conocer nuestra postura.
