En una audiencia de procedimiento abreviado realizada hoy en la Ciudad Judicial, la fiscal del caso Lucrecia Sola y la asistente letrada Agustina Bouyer, presentaron un acuerdo mediante el cual José Ignacio Sepúlveda reconoció haber irrumpido en la casa de una persona, agredirla a golpes y, bajo amenazas, llevarla a la meseta y abandonarla, y fue declarado penalmente responsable.
Durante la audiencia, las funcionarias de la Unidad Fiscal de Delitos contra las Personas requirieron -con el aval de la defensa- que se extienda por seis meses la prisión domiciliaria que el acusado se encuentra cumpliendo. Fundaron el pedido en la existencia de riesgo de fuga o no sometimiento al proceso y peligro de entorpecimiento de la investigación, ya que restan testimonios por producirse en el juicio de cesura.
La teoría del caso que detallaron las representantes del Ministerio Público Fiscal fue que el 7 de mayo de 2024, cerca de las 23.45, Sepúlveda fue hacia la casa de la víctima, ubicada en la zona del barrio Cuenca XV de la ciudad de Neuquén, junto a otras personas que aún no fueron identificadas. Patearon la puerta, se metieron en la vivienda y sacaron armas de fuego. En esas circunstancias, el imputado le recriminó a la víctima el robo de un auto que previamente le había vendido. Después obligó al joven a subir a una camioneta: lo sentaron en el asiento trasero, en el medio, con una persona a cada costado. Le apuntaron con las armas, lo golpearon y lo obligaron a mirar hacia abajo. En la zona de la Autovía Norte, a unos 4 kilómetros de su casa, lo hicieron bajar, lo amenazaron con dispararle si el auto no aparecía y se fueron.
Al día siguiente, Sepúlveda fue nuevamente hacia la casa de la víctima, otra vez junto a otras personas que aún no están identificadas, y volvieron a atacarlo a golpes. El joven logró escapar, corrió para resguardarse, pero mientras lo hacía le dispararon al menos en cinco ocasiones, sin que ningún proyectil lo impactara.
Por estos hechos Sola y Bouyer le atribuyeron al acusado los delitos de privación ilegal de la libertad, agravada por haber sido cometida con violencia y amenazas en concurso real con abuso de arma, ambos en carácter de coautor (artículos 142 inciso primero, 104, 45 y 55 del Código Penal).
El juez de garantías Cristian Piana, que estuvo a cargo del a audiencia, homologó el acuerdo presentado por las partes y declaró la responsabilidad penal de Sepúlveda. El magistrado también hizo lugar a la prórroga de la medida cautelar, por lo que extendió la detención domiciliaria por seis meses más.
Con la resolución del juez, en los próximos días la Oficina Judicial deberá fijar la fecha para la realización del juicio de cesura, donde se determinará la pena que le corresponde cumplir al ahora condenado.