Tres jóvenes mayores de edad fueron sentenciados por estupro en un reciente fallo judicial en Cinco Saltos, tras haber mantenido relaciones sexuales grupales con una adolescente de 15 años en enero de 2023. Si bien la acusación inicial de la fiscalía era por abuso sexual calificado con acceso carnal, la evidencia presentada durante el juicio llevó a una readecuación de la calificación del delito.
El tribunal, compuesto por los jueces Julio Sueldo, Florencia Caruso y Guillermo Baquero Lazcano, determinó que, a pesar de la minoría de edad de la víctima, no se pudo comprobar que hubiera habido falta de consentimiento o que este estuviera viciado por el consumo de alcohol. Esto llevó a que la fiscalía, representada por Leandro López y Marcela Marchetti, modificara su imputación original.
De los tres implicados, JAJ y RGDD recibieron una pena de tres años de prisión condicional, lo que significa que no irán a la cárcel, y deberán cumplir pautas de conducta por dos años. El tercer condenado, DAEU, fue sentenciado a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo. Su pena se agravó porque, además de participar en el encuentro, filmó una escena de contenido pornográfico con su teléfono y posteriormente la subió a Instagram, añadiendo el delito de "divulgación o distribución de imágenes pornográficas de menores de edad" a su condena.
Los hechos se desarrollaron alrededor de la 1 de la madrugada del 13 de enero de 2023, en el domicilio de uno de los acusados en Cinco Saltos. Durante el juicio, los imputados reconocieron haber tenido relaciones sexuales con la menor y ser conscientes de su edad, e incluso le pidieron disculpas. Tanto la defensora de Menores, Alicia Merino, como la propia víctima y sus defensores, estuvieron de acuerdo con la recalificación del delito. Los tres jóvenes fueron además incorporados al Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual (REPROCOINS).
Giro en el caso Cinco Saltos: de abuso a estupro en condena de jóvenes
Un juicio de alto perfil en Cinco Saltos concluyó con la condena de tres jóvenes por estupro, en un caso que inicialmente se investigó como abuso sexual calificado con acceso carnal de una menor de 15 años. La resolución judicial subraya que, si bien el encuentro sexual ocurrió, las pruebas no lograron demostrar la falta de consentimiento de la adolescente.
Los condenados son JAJ y RGDD, quienes recibieron una pena de tres años de prisión condicional, debiendo seguir pautas de comportamiento durante dos años. Sin embargo, DAEU fue sentenciado a cuatro años de prisión efectiva debido a que, además de su participación, filmó el encuentro con su celular y lo difundió en Instagram, sumando la figura de divulgación de material pornográfico de menores.
La fiscalía, a cargo de Leandro López y Marcela Marchetti, había acusado inicialmente a los implicados de un delito más grave, argumentando que la menor había sido emborrachada para ser sometida. No obstante, las declaraciones de la víctima en Cámara Gesell, los testimonios de los imputados y otras pruebas recabadas, llevaron a un cambio en la acusación. Los fiscales señalaron que no se pudo "acreditar los extremos de la acusación en cuanto a accesos carnales no consentidos", reconociendo que hubo un encuentro consensuado y consumo de alcohol, pero sin que este último invalidara el consentimiento.
El tribunal, en un fallo unánime, avaló esta modificación, indicando que la prueba no permitió acreditar una voluntad viciada. Los hechos tuvieron lugar en una vivienda de Cinco Saltos en la madrugada del 13 de enero de 2023. Los tres jóvenes serán incluidos en el Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual.