El Ministerio Público Fiscal (MPF) resolvió archivar dos investigaciones penales vinculadas con un episodio ocurrido en enero de 2025, en el ámbito de los dispositivos municipales de protección de niñas, niños y adolescentes. Las resoluciones fueron dictadas por el asistente letrado Jorge Ramiro Amaya, quien concluyó que no se configuraron delitos en ninguno de los hechos analizados.


El origen de ambas causas se remonta a un incidente ocurrido el 21 de enero de 2025, cuando una adolescente que se encontraba bajo custodia del Estado atravesó una crisis emocional luego de ser informada sobre su traslado compulsivo a un hogar de la ciudad de Neuquén. Según las actuaciones, la joven reaccionó de forma violenta, intentó agredir físicamente y escupió a la entonces secretaria de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Villa La Angostura, Graciela Lobos, quien respondió de manera inmediata con una bofetada. El episodio quedó registrado por cámaras de seguridad y motivó la intervención policial y sanitaria.

A partir de ese registro, el 23 de enero de 2025 una empleada municipal, R.A.O., accedió al material fílmico en dependencias municipales y posteriormente realizó una denuncia. Por ese accionar se le inició un sumario administrativo, al considerarse que habría incurrido en una falta disciplinaria vinculada al manejo de registros internos.

En ese marco se abrieron dos investigaciones penales. La primera estuvo dirigida a analizar la conducta de la exfuncionaria Lobos, por la posible comisión de los delitos de abuso de autoridad o incumplimiento de los deberes de funcionario público. Tras evaluar los registros de video, los informes médicos y los testimonios reunidos, el Ministerio Público Fiscal concluyó que la reacción de la funcionaria se produjo frente a una agresión ilegítima y que la respuesta fue inmediata y proporcional, por lo que configuró una situación de legítima defensa. En consecuencia, se dispuso el archivo de las actuaciones al considerar que la conducta se encontraba jurídicamente justificada.

La segunda investigación se inició a partir de una denuncia presentada el 29 de mayo de 2025 por la empleada municipal contra la instructora sumariante del expediente administrativo, M.F., a quien acusó de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. La denuncia se basó en un audio en el que la instructora habría manifestado haber recibido presiones para dictaminar en su contra durante el sumario. En el plano administrativo, lo que se investigó fue el accionar de la empleada municipal al tomar los videos fuera de los canales previstos en la estructura municipal.

En este caso, el asistente letrado evaluó que los hechos denunciados no encuadraban en el delito de tráfico de influencias, ya que no existían elementos que acreditaran la solicitud u obtención de dinero, dádivas o promesas, ni tampoco surgía la obligación legal de denunciar por parte de la instructora. Al no advertirse la existencia de un delito típico ni nuevas líneas de investigación, también se resolvió el archivo de la causa.

De este modo, ambas investigaciones penales concluyeron sin imputaciones, mientras que el único trámite que avanzó fue el procedimiento administrativo, en el que la Junta de Admisión, Calificación y Disciplina (JACAD) ratificó, el 3 de junio de 2025, la sanción disciplinaria impuesta a la empleada municipal.