
En un procedimiento que destaca por su inusual velocidad procesal, el Ministerio Público Fiscal (MPF) logró sentenciar a un hombre que pretendía abordar un vuelo hacia Buenos Aires con un cargamento de sustancias sintéticas y divisas. El hecho, que comenzó como un control rutinario en el Aeropuerto Aviador Carlos Campos (Chapelco), terminó en menos de un día con una condena firme y la orden de expulsión inmediata del territorio provincial para el imputado.
El hallazgo en la bodega
Todo se desencadenó el pasado 3 de febrero, pasadas las 14:00 horas, durante el escaneo de equipajes para un vuelo de Aerolíneas Argentinas. Personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) advirtió anomalías en las imágenes de rayos X de un bolso despachado a bodega. Al interceptar al pasajero, identificado como Manuel Alejandro Federico Chiesa, y proceder a la apertura del equipaje, los agentes se encontraron con un variado inventario de estupefacientes.
Según el detalle de la investigación, Chiesa transportaba:
·44 tubos de MDMA (casi 44 gramos).
·Éxtasis: 14 pastillas y media.
·Tusi (cocaína rosa): 2 tubos.
·LSD: 2 bolsas con la sustancia.
·Cocaína: 3 tubos de clorhidrato.
·Efectivo: 5.500 dólares estadounidenses en billetes.
Una condena en tiempo récord
La resolución judicial llegó este miércoles al mediodía, apenas 22 horas después del arresto. El asistente letrado Federico Sura presentó un acuerdo de juicio abreviado ante la jueza de garantías Bibiana Ojeda, quien homologó la sentencia de tres años de prisión en suspenso por el delito de tenencia simple de estupefacientes.
Más allá de la pena de prisión condicional, el fallo incluyó medidas drásticas y poco frecuentes:
1. Decomiso de divisas: Los 5.500 dólares fueron confiscados y serán destinados a fondos públicos según la Ley 3488.
2. Expulsión provincial: Se le otorgó a Chiesa un plazo máximo de 72 horas para abandonar Neuquén, bajo la prohibición absoluta de reingresar a la provincia durante el tiempo que dure la condena.
3. Control externo: El condenado deberá quedar bajo la tutela del Patronato de Liberados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mantener domicilio fijo y abstenerse de cualquier consumo de estupefacientes.
Este caso sienta un precedente sobre la eficacia de los acuerdos plenos en delitos de flagrancia aeroportuaria, permitiendo que el sistema judicial resuelva de manera definitiva situaciones de tráfico antes de que el implicado logre siquiera salir de la jurisdicción donde cometió el ilícito.
