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El Juzgado en lo Civil y Comercial N.° 1 de Trenque Lauquen condenó a una estación de servicio ubicada sobre la Ruta Nacional 5 tras un accidente ocurrido en junio de 2018. La sentencia obliga a la firma propietaria a indemnizar con casi 18 millones de pesos a una mujer que sufrió lesiones permanentes debido a la falta de mantenimiento y seguridad en el sector de sanitarios.

El accidente: Hielo, agua y negligencia

El hecho se produjo cuando la damnificada, que en aquel entonces tenía 44 años, ingresó al establecimiento para cargar combustible. Al salir de los baños, resbaló en una zona donde se acumulaba agua y escarcha proveniente de un aire acondicionado, sumado a que el sector estaba parcialmente obstruido por elementos de limpieza.

La caída le provocó la pérdida del conocimiento y lesiones de extrema gravedad: fractura de tibia, peroné y rotura de ligamentos en su pierna derecha. La víctima debió ser sometida a una cirugía compleja donde se le implantó una placa metálica y nueve tornillos, seguida de una rehabilitación que la mantuvo meses sin poder caminar.

El argumento judicial: El deber de seguridad

A pesar de que la empresa negó su responsabilidad, el juez aplicó el régimen de responsabilidad objetiva amparado en la Ley de Defensa del Consumidor. Los puntos clave del fallo fueron:

·Incumplimiento del deber de seguridad: El establecimiento no garantizó condiciones seguras de circulación, permitiendo riesgos evitables como la acumulación de líquidos en el suelo.

·Relación de consumo: Se acreditó mediante tickets y reportes sanitarios que la mujer estaba utilizando los servicios del local al momento del incidente.

·Falta de pruebas de la defensa: La empresa no pudo demostrar que el accidente fuera culpa de la víctima o de un tercero ajeno.

Desglose de la indemnización

Para determinar el monto final de $17.938.375,07, el magistrado utilizó fórmulas de actualización basadas en el Salario Mínimo Vital y Móvil, considerando que el proceso se dilató por años y el peso sufrió una fuerte depreciación.

1.Incapacidad física: Se reconoció un 11% de secuela permanente (tendinitis aguda), fijando un resarcimiento de más de 11 millones de pesos.

2.Daño moral: Se otorgaron 6,5 millones de pesos por el impacto emocional y el sufrimiento padecido durante la larga recuperación.

3.Gastos médicos: Se incluyeron 300 mil pesos para cubrir tratamientos y farmacia.

Un mensaje para los comercios

La sentencia no solo busca resarcir a la víctima, sino que funciona como una advertencia para los locales de acceso público. El fallo subraya que los proveedores tienen la obligación ineludible de velar por la integridad de quienes transitan por sus instalaciones, especialmente en sectores de uso frecuente como los ingresos a sanitarios.