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La Cámara de Apelaciones de la I Circunscripción de Neuquén dictó una sentencia ejemplar al condenar a una fabricante de vehículos y a una administradora de planes de ahorro a pagar 15 millones de pesos a una suscriptora. El tribunal consideró que las empresas actuaron con "mala fe" y una "grave indiferencia" ante la situación económica de la clienta.

El origen del conflicto: incrementos del 1.337%

La demandante se había sumado en 2016 a un plan de 84 cuotas para un Fiat Mobi. Sin embargo, la relación contractual se tornó insostenible debido a la escalada de los montos:

·Primer año: El valor de la cuota se duplicó en apenas 12 meses.

·Evolución al 2021: El costo mensual alcanzó un aumento acumulado del 1.337% respecto al valor inicial.

·Desfase inflacionario: Los jueces destacaron que los incrementos superaron incluso el doble del índice de inflación, sin que las empresas justificaran técnicamente tales valores.

Los fundamentos de los camaristas

Los jueces Patricia Clerici y Pablo Furlotti, integrantes de la Sala II, revocaron una sentencia de primera instancia para dar lugar al reclamo, basándose en dos pilares fundamentales de la Ley de Defensa del Consumidor (24.240):

Trato Indigno: El tribunal sentenció que se colocó el interés comercial por encima de la dignidad de la persona. Señalaron que las empresas, pese a su capacidad técnica para prever devaluaciones, no buscaron alternativas para amortiguar el impacto en el poder adquisitivo de la mujer, privándola de resguardar su economía.

Violación al Deber de Información: Se determinó que la firma no acreditó haber publicado los precios del fabricante de forma accesible y anticipada. La clienta recién conocía el nuevo valor del vehículo al recibir el cupón de pago.

Un ejercicio de "Mala Fe"

Para los magistrados, el accionar de las demandadas no fue una simple actualización de precios, sino un ejercicio abusivo de los derechos contractuales. El fallo subraya que las empresas se limitaron a aumentar las cuotas exponencialmente, ignorando la crisis económica general y garantizando su propia rentabilidad a costa del desfasaje financiero de la consumidora.