En una resolución que sienta un precedente sobre la responsabilidad parental y la discapacidad, una jueza de Familia de San Carlos de Bariloche dictaminó una sentencia contundente contra una mujer que se desentendió de su hijo durante más de una década.
El fallo no solo obliga a la madre a pagar el 25% de sus ingresos mensuales, sino que establece un piso mínimo equivalente a cuatro salarios mínimos vitales y móviles.
Esta decisión surge tras comprobarse que la demandada, a pesar de poseer una posición económica holgada con múltiples propiedades e ingresos por alquileres en la zona, no mantuvo contacto ni realizó aportes económicos para el sustento de su hijo de 23 años, quien padece una discapacidad que le impide ser autosuficiente.
La magistrada fundamentó su decisión en el hecho de que el padre del joven ha llevado adelante la crianza, los tratamientos médicos y la manutención en absoluta soledad, subsistiendo apenas con una jubilación mínima y la ayuda de su actual pareja en una vivienda alquilada.
La disparidad de recursos entre ambos progenitores fue una de las claves de la sentencia, ya que las pericias demostraron que la madre cuenta con los medios suficientes para cubrir no solo la cuota mensual, sino también el 50% de los gastos extraordinarios relacionados con la salud del joven.
El fallo recalca que la obligación alimentaria de los padres no finaliza automáticamente a los 21 años cuando el hijo presenta una condición que limita su autonomía, y subraya que el abandono afectivo y material prolongado requiere una respuesta judicial que garantice un nivel de vida digno, proporcional a la riqueza acumulada por la progenitora a lo largo de estos años de ausencia.
