La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió por unanimidad revocar la decisión que habilitaba a Cristina Fernández de Kirchner a votar, tras considerar que su condena firme en la causa Vialidad la inhabilita para ejercer ese derecho.
El tribunal, integrado por Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, dejó sin efecto el fallo dictado el 18 de julio por la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, quien había declarado inconstitucionales artículos del Código Penal y del Código Nacional Electoral que establecen la exclusión del padrón para personas condenadas por delitos dolosos.+
Fundamentos del fallo
La CNE sostuvo que la resolución de Borruto no respetó las “condiciones mínimas” fijadas por la Corte Suprema en el precedente Orazi. Entre ellas:
·Que el análisis se haga en un caso concreto, por pedido del interesado o del Ministerio Público, y no de oficio.
·Que se evalúe si la posibilidad de votar es jurídica y fácticamente viable, de acuerdo con la naturaleza del delito.
Además, el tribunal recordó que en el caso Procuración Penitenciaria la Corte había instado al Congreso a revisar la reglamentación vigente sobre el sufragio de personas condenadas, advirtiendo contra restricciones “automáticas y genéricas”.
Impacto político
La resolución deja a la expresidenta fuera del padrón electoral, al no haberse cumplido los requisitos establecidos por la jurisprudencia de la Corte Suprema.