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El Gobierno nacional ha introducido una modificación trascendental en el ejercicio profesional independiente con su nuevo proyecto de reforma laboral, que establece la "libertad de matrícula". Esta medida impacta directamente en el rol de los Consejos y Colegios Profesionales, ya que poseer el título habilitante pasará a ser el requisito único y suficiente para trabajar en cualquier punto del país.

El fin de la obligatoriedad de colegiación

El Título 7 del proyecto oficial es categórico: "Poseer título expedido según los requisitos de las leyes aplicables, será el único requisito para el ejercicio en todo el territorio nacional de cualquier profesión que requiera título universitario y/o equivalente".

La clave del cambio es la voluntariedad: "La matriculación de los profesionales será libre y voluntaria". Esto implica un golpe a las estructuras que hasta hoy obligaban a los profesionales a abonar cuotas onerosas para obtener una matrícula indispensable para ejercer su actividad.

Creación del ReFE y la matrícula única nacional

Para asegurar la validez del título sin necesidad de trámites colegiales, se creará el Registro Federal de Egreso (ReFE), que será la única base de datos requerida.

Acreditación: El único requisito para acreditar la idoneidad será figurar en la base del ReFE. No se podrán imponer "otras tramitaciones, inscripciones, pagos o validaciones de cualquier tipo".

Acceso y Gestión: El ReFE será de acceso público, remoto y gratuito. El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación, será la autoridad de aplicación.

Matrícula Automática: La autoridad otorgará a cada egresado, de forma automática, un número de matrícula profesional con el cual se identificará al profesional. Este número será válido para ejercer en todo el territorio nacional sin que se le exijan otros requisitos o inscripciones locales.

Se ha dispuesto un plazo de 180 días desde la publicación de la reforma para que el ReFE incorpore la totalidad de los títulos universitarios emitidos desde 1964.

Las profesiones afectadas: Fin de la obligatoriedad

El proyecto enumera expresamente varias profesiones que dejarán de depender de la matriculación obligatoria de un colegio o consejo profesional, pasando a tener libertad de matriculación o ejerciendo simplemente con el título:

·Ciencias Económicas: Contadores Públicos, Licenciados en Economía, en Administración y Actuarios.

·Salud: Médicos, Fonoaudiólogos, Musicoterapeutas y Terapeutas Ocupacionales. En el caso de los médicos, solo se exigirá el título habilitante.

·Legal/Social: Traductores Públicos, Licenciados en Trabajo Social y Asistentes Sociales.

·Otros: Geólogos y Técnicos en Prótesis Dental.

El impacto de la desregulación

Más allá de la matrícula profesional, el proyecto de reforma laboral, impulsado en gran parte por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, incluye una extensa "motosierra" legal.

Se derogan más de veinte leyes y normativas consideradas "gravosas" u "obsoletas" que limitan la organización empresarial o duplican costos administrativos:

·Leyes Laborales Específicas: Se eliminan la Ley de Viajantes de Comercio y la Ley de Teletrabajo, así como varios estatutos especiales (peluquero, choferes particulares, encargados de casas de renta, administrativos de empresas periodísticas).

·Restricciones Empresariales: Se derogan las normas sobre horarios de supermercados y la obligación de las empresas de actuar como agente de retención de las cuotas sindicales (proponiendo que esa gestión sea absorbida por el sindicato).

Con estas modificaciones, el Gobierno busca reducir los costos administrativos y desregular la actividad profesional, dando una mayor libertad a los egresados para ejercer y a las empresas para organizar sus operaciones.