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La comunidad mapuche Paicil Antriao ha sido notificada con una orden judicial de desalojo que afecta al camping ubicado al norte de Puerto Elma, a orillas del lago Nahuel Huapi. La resolución, firmada por el juez Francisco Astoul Bonorino, otorga un plazo de cinco días para abandonar el predio, reabriendo un conflicto territorial de larga data en la región.


El lonko Damián Olivero calificó la medida como un "quiebre de cualquier instancia de negociación" y aseguró que la comunidad no acatará la orden: “La justicia y el gobierno no están resolviendo nada. Vamos a resguardar el lugar como hacemos siempre”.


El vacío legal y la ruptura del diálogo

La comunidad denuncia que la Justicia desconoce el trabajo de relevamiento territorial amparado por la extinta Ley 26.160, un proceso que sigue inconcluso tras años de reclamos. La reciente derogación de dicha ley a nivel nacional eliminó el marco de protección que suspendía los desalojos de comunidades indígenas, dejando al Lof Paicil Antriao en un estado de vulnerabilidad legal.

Olivero alertó que esta resolución judicial podría provocar un "efecto dominó" en toda Villa La Angostura, acelerando otros desalojos en una zona de constante conflicto entre comunidades, propietarios e inmobiliarias.

Presencia activa y alerta en la región

Ante la posibilidad de una intervención policial, el Lof Paicil Antriao ha incrementado la presencia de sus integrantes y familias en el predio, conocido en expedientes como “Quilla Hue”, como forma de resguardo activo. Distintas comunidades mapuches de la zona han declarado el estado de alerta y disponibilidad, listas para responder si la situación escala.

El lonko remarcó que, si bien buscan evitar el conflicto forzado, no abandonarán el territorio y recordaron antecedentes de operativos “muy violentos” en la localidad.

La situación actual, que revierte el esfuerzo de mediación impulsado en el pasado por el ministro de Gobierno, Jorge Tobares, mantiene un clima de máxima incertidumbre sobre el futuro del predio, cuya restitución fue previamente ordenada por el Tribunal Superior de Justicia en favor de un privado (familia Bianchedi de Terzolo) y, en otra instancia, al municipio de Villa La Angostura.