Imagen
Por Rubén Peresutti
La expresión," a quien le quepa el sayo" es un refrán que significa que, si una persona se siente aludida por algo que se dice, no debe reaccionar negativamente, sino que debe reflexionar y aceptar la responsabilidad si la crítica le aplica.

¿En qué momento se pierde la autoridad en un colegio?

La reprimenda se ajusta a la conducta o a su responsabilidad como directivo de un colegio. Ley Provincial N° 333, en su artículo 140: las rifas y/o bonos de contribución autorizados legalmente fuera de la jurisdicción de la provincia, podrán circular dentro de está, siempre que las asociaciones organizadoras soliciten y obtengan la autorización del Ministerio de Gobierno.

En resumen, en su artículo 150 ordena el pago de una contribución obligatoria a la cooperadora del colegio, policial o de salud pública.

Sanciones; de no estar autorizada la venta, en su artículo 160: cualquier rifa y/o bono contribución que circule en la provincia, sin autorización y el visado y sello correspondiente, será considerado ilegal, determinando el secuestro policial de los billetes y la elevación del sumario a la dirección provincial de personas jurídicas y simples asociaciones, quien por resolución del ministerio de gobierno aplicará las sanciones correspondientes. ¿Quién es la persona responsable cuando ingresan a las aulas vendedores de otras provincias?

- ¿Se llevan el dinero a otra provincia, sin dejar nada a cambio? - ¿Hasta qué punto tiene responsabilidad el directivo del colegio? ¿Está en conocimiento la supervisión de los distritos escolares?

Saludos cordiales y al que le quepa el sayo, que se lo ponga, Ya....

Rubén Peresutti. DNI: 23.187.447