
La jueza de Familia de la V Circunscripción María Claudia Castro dispuso la implementación de un plan integral de cuidado y atención en salud mental destinado a una adolescente cuya familia reside en una localidad cercana a Chos Malal. La medida, de carácter cautelar y con una vigencia de 180 días, fue dictada a partir de un requerimiento de la Defensora de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente y tiene como objetivo garantizar el interés superior de la joven.
La resolución ordena que el programa sea diseñado y ejecutado de manera conjunta por diversos organismos estatales como la Subsecretaría de Familia –Delegación Regional–, el municipio de Barrancas y el Ministerio de Salud provincial. Asimismo, prevé como apercibimiento la intervención de la Justicia Penal ante un eventual incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Se trata del caso de una joven con antecedentes de reiteradas internaciones bajo el régimen de la Ley de Salud Mental, a raíz de un diagnóstico de retraso mental severo con conductas agresivas. El fallo subrayó la importancia de sostener su vida en comunidad y el acceso al tratamiento que requiere con el fin de garantizar su derecho a contar con el mejor tratamiento posible “sin que ello implique una expulsión o modificación de su centro de vida”.
La jueza señaló que la situación requiere un abordaje integral, dado que las condiciones sociofamiliares impiden que la progenitora pueda asumir en forma exclusiva el cuidado personal de la joven. En ese sentido, enfatizó la urgencia de restituir derechos vulnerados, asegurando su escolarización, acceso a espacios recreativos, atención de salud mental, vinculación social y la paulatina recuperación de actividades propias de su edad.
Castro explicó que su decisión se fundamenta en la convergencia de dos planos normativos: el derecho de la adolescente a ser sostenida en su familia de origen y el derecho de su madre a recibir el apoyo estatal necesario para ejercer adecuadamente las tareas de cuidado. Recordó que la Ley 2302 establece que los padres tienen la responsabilidad primordial en la crianza y desarrollo de sus hijos, pero que el Estado debe proporcionar los recursos y acompañamiento indispensables.
El pronunciamiento describe la situación de vulnerabilidad de la familia y las limitaciones de la localidad donde residen. En función de ello, el fallo ordena elaborar un plan estratégico de recuperación y reparación de derechos, que contemple intervenciones en materia habitacional, educativa y terapéutica.
Entre las medidas dispuestas se encuentran: la adecuación de la vivienda para garantizar condiciones de seguridad y habitabilidad, la intervención del Consejo Provincial de Educación para proveer personal docente que asegure la continuidad de su trayectoria escolar, y la incorporación inmediata de acompañantes terapéuticos que actúen como soportes externos para la familia.
“Nos encontramos ante un caso grave de desprotección de derechos que amerita e interpela a todos los actores intervinientes a reforzar voluntades, trabajo y compromiso a fin del restablecimiento de derechos vulnerados de la misma”, sostuvo Castro.
