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El juez de garantías Lucas Yancarelli declaró inconstitucional el artículo 87 del Código Procesal Penal de la provincia, que fija una duración máxima de tres años para los procedimientos. La resolución se dio en el marco de una causa por robo en poblado y en banda ocurrido en 2020 en Rincón de los Sauces.

El magistrado afirmó compartir la decisión de los legisladores provinciales de poner un plazo “pero hay que tener en cuenta situaciones particulares e imponderables que pueden surgir durante el proceso”.

M.A.M. fue declarado responsable y condenado a tres años y ochos meses de prisión de prisión de cumplimiento efectivo en febrero pasado. Ese mismo mes se solicitó la prórroga del período estipulado en el artículo 87, el cual fue recurrido hasta llegar a instancias del Tribunal Superior de Justicia, cuya sala penal retrotrajo las actuaciones al momento posterior a la determinación de la pena.

En ese contexto, en una audiencia desarrollada ayer, Yancarelli remarcó que el Código Procesal estipula un plazo similar para todos los casos “sin contemplaciones, y ahí está el problema, no todos los casos son iguales, es como poner una pena igual para todos los delitos”.

“Por eso hay que considerar cada caso, hubo situaciones que deben ser contempladas para decir que este plazo de tres años es exiguo”, agregó en su resolución.

“El plazo se venció, y si no resolvemos sobre esta situación estaríamos frente a un agravio irreparable”, dijo por último el juez de garantías, al tiempo que rechazó la solicitud de sobreseimiento y declaró vigente la acción penal. La defensa, por su lado, ratificó el recurso a la condena, y realizó reserva de impugnación sobre la decisión de Yancarelli.