Los dos adolescentes declarados responsables por el homicidio de Juan Caliani en la ciudad de Neuquén, fueron condenados a 6 y 9 años de prisión efectiva.
La decisión fue comunicada ayer por la tarde por el juez de la Niñez y Adolescencia, Dardo Bordón. Resolvió imponerle 6 años de prisión efectiva al adolescente que sostuvo a la víctima, y 9 años de prisión efectiva a quien la apuñaló.
El monto de ambas penas se corresponde con el pedido que había realizado el fiscal de Delitos Juveniles, Germán Martín, de 6 y 9 años efectivos, distinguiendo los roles de cada uno de ellos en el homicidio. El representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) las consideró “justas, proporcionales, merecidas, ajustadas a derecho, pacificadoras y reparadoras”, y remarcó que “una condena de prisión efectiva en el fondo es una resolución pacífica de un conflicto violento e irreparable”.
En tanto el abogado querellante que intervino en representación de la familia de la víctima, Federico Egea, había requerido 9 y 12 años de prisión efectiva, respectivamente.
En el caso del adolescente condenado a 9 años, el juez también lo declaró responsable y quedaron comprendidos dentro de la pena, dos hechos por el delito de hurto con escalamiento en grado de tentativa, cometido el 27 de enero de 2024 en la ciudad de Neuquén; y robo agravado por tratarse de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa, cometido también en la capital provincial el 23 de marzo de 2024.
El requerimiento de la defensa de los adolescentes, ejercida por Raúl López y Mariela Borgia, de absolver de pena a ambos y, de forma subsidiaria, de imponerles 2 años de prisión condicional, fue rechazado por el magistrado.
Durante el juicio de determinación que se realizó desde fines de noviembre de este año y hasta el pasado 10 de diciembre, declararon alrededor de 60 testigos entre psicólogas, trabajadoras sociales, policías, directivos de escuelas, periodistas y familiares de la víctima, entre otros.
La difusión de las audiencias estuvo restringida ya que la Ley provincial 2302 y la Ley nacional 20056, así lo establecen cuando hay adolescentes menores de edad involucrados.
Los dos adolescentes fueron juzgados en el contexto de la Ley provincial 2302, ya que cuando cometieron el hecho tenían 16 y 17 años. En mayo del año pasado, aceptaron su responsabilidad como coautores del delito de homicidio en ocasión de robo (artículo 165 del Código Penal). Y una vez que cumplieron los 18 años, se avanzó para fijarles las penas.
El hecho por el cual fueron juzgados y declarados responsables lo cometieron el 1 de abril de 2024, alrededor de las 23.45, en la vivienda donde vivía la víctima, ubicada en Luis Beltrán y Cacique Purrán de la ciudad de Neuquén.
Los dos jóvenes ingresaron por la puerta de un quincho que está lindante a la casa y sustrajeron cajas de herramientas, bebidas alcohólicas y una valija con ropa, que fueron dejando en el techo del inmueble.
Al advertir ruidos, la víctima salió de su dormitorio y en un pasillo que comunica la casa con el quincho se cruzó con los dos varones. El adolescente de 17 años fue quien lo sujetó mientras que el de 16 años le asestó dos puñaladas en el tórax, con un cuchillo que tomó del quincho, y como consecuencia de las cuales Caliani falleció.
