En una resolución que busca quebrar la resistencia de los deudores morosos, la Justicia de General Acha aplicó una sanción singular contra un hombre que adeuda la manutención de sus cinco hijos. La magistrada Daniela de la Iglesia dispuso que el demandado, Ángel Oscar Leguizamón, tiene prohibido practicar pádel o incluso ingresar a complejos donde se desarrolle esta disciplina hasta que regularice su situación financiera.
Los fundamentos de la restricción
La medida surge tras el fracaso de los métodos de cobro tradicionales. Según el fallo firmado el 13 de marzo, la jueza consideró que existe un "incumplimiento sistemático" por parte del progenitor, quien ignoró convenios previos y medidas cautelares anteriores.
Para la justicia, la restricción es:
·Estratégica: Ataca una actividad que el deudor valora y en la que invierte tiempo y recursos.
·Proporcional: Busca generar una presión psicológica y social efectiva sin afectar —a diferencia de una prohibición de salida de la provincia— su capacidad de generar ingresos laborales.
·Preventiva: Evita que el demandado destine fondos al pago de alquiler de canchas o inscripciones a torneos mientras mantiene la deuda con sus hijos.
Alcance y cumplimiento de la medida
Para asegurar que la prohibición no sea burlada, el Juzgado de Familia ordenó una red de notificaciones que incluye a la Asociación Provincial y la Federación Nacional de Pádel y los Propietarios de complejos deportivos y canchas privadas de la zona. La Policía de La Pampa es encargada de velar por el cumplimiento de la restricción de acceso.
La protección de los menores
La resolución contó con el aval de la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes, bajo la premisa de que los derechos alimentarios de los menores deben prevalecer sobre las actividades recreativas de los adultos. La medida se mantendrá vigente de forma ininterrumpida hasta que se acredite el pago total del monto adeudado a la madre de los niños, M.S.R., quien inició la ejecución legal ante la falta de respuestas.
