
La pena recayó sobre O.E.T., quien admitió su culpabilidad durante las audiencias de debate y pidió disculpas a los damnificados. Las agresiones sexuales ocurrieron dentro del ámbito convivencial aprovechando la relación de confianza con la víctima.
RINCÓN DE LOS SAUCES.– Un tribunal de la provincia dictó una sentencia de 9 años de reclusión de cumplimiento efectivo para un ciudadano acusado de cometer múltiples abusos sexuales contra una adolescente de 13 años que formaba parte de su entorno familiar. El dictamen se conoció tras el pedido formal realizado por la fiscal del caso, Rocío Rivero, planteo que contó con el aval tanto de la querella como de la defensa del propio imputado.
La resolución judicial se precipitó luego de que el acusado decidiera confesar los cargos en plena etapa de debate, manifestando públicamente su arrepentimiento ante la joven y sus allegados.
Abuso de confianza y denuncias
La investigación del Ministerio Público Fiscal constató que los ataques contra la integridad de la menor se perpetraron entre octubre de 2023 y los primeros días de febrero de 2024, en el interior de una vivienda de Rincón de los Sauces. En dicho inmueble, el agresor residía junto a la adolescente y la madre de esta. El modus operandi de O.E.T. consistía en aprovechar de forma deliberada las ocasiones en las que se quedaba a solas al cuidado de la menor para perpetrar las agresiones, registrándose al menos cinco episodios de distinta gravedad. Las agresiones llegaron a su fin una vez que la víctima logró romper el silencio y relatarle lo sucedido a su mamá, quien acudió de inmediato a radicar la denuncia correspondiente.
Durante el desarrollo de las audiencias, que habían iniciado el pasado miércoles, el imputado reconoció la plataforma fáctica de la fiscalía. En consecuencia, el cuerpo de magistrados lo declaró penalmente responsable como autor de los delitos de abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal, ambos doblemente agravados por la guarda y el vínculo de convivencia preexistente, en carácter reiterado y bajo concurso real.
Ponderación de la pena
En la jornada de cesura destinada a fijar el monto de la condena, la fiscal Rivero argumentó las razones del pedido de 9 años de prisión en base a una serie de agravantes y atenuantes:
Factores agravantes: Se evaluó la magnitud del daño psicológico causado a la víctima —corroborado mediante peritajes especializados—, la explotación del nexo de confianza familiar, la multiplicidad de los hechos y la circunstancia de que al menos dos de los abusos se cometieron mientras otro menor de edad se encontraba presente en el lugar.
Factores atenuantes: Se contempló a favor del imputado la falta de antecedentes penales previos en sus registros, así como la aceptación voluntaria de su autoría y las disculpas expresadas ante el tribunal.
El tribunal compuesto por los jueces Raúl Aufranc, Natalia Pelosso y Juan Manuel Kees convalidó de forma unánime el acuerdo de las partes, ordenando el traslado del condenado a una unidad carcelaria. Asimismo, los magistrados determinaron que la sentencia sea asentada en el Registro Provincial de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual, junto con la correspondiente imposición de las costas del proceso legal.
