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Un tribunal integrado por los jueces Juan Pablo Balderrama, Maximiliano Bagnat y Leticia Lorenzo resolvió por unanimidad condenar a S.P. a la pena de 6 años de prisión efectiva tras hallarlo culpable del delito de abuso sexual simple calificado por aprovechar la convivencia preexistente con una persona menor de 18 años. Los hechos ocurrieron entre marzo y diciembre de 2024 en un domicilio compartido y durante un viaje familiar en la localidad de San Martín de los Andes.

La pena impuesta por los magistrados unificó la sanción por este nuevo hecho (fijada en 5 años de cumplimiento efectivo) con una condena previa de 3 años de prisión en suspenso dictada en agosto de 2021 por un delito de similar naturaleza.

Planteo de la Fiscalía y fallo del tribunal

Durante el juicio de determinación de la pena, la parte acusadora había solicitado un monto superior de prisión efectiva:

Pedido del Ministerio Público Fiscal: El fiscal del caso, Hernán Scordo, había requerido una pena de 8 años de prisión para el hecho juzgado, fundamentado en la extensión del daño provocado, la reiteración de los episodios durante un período de diez meses y los antecedentes del imputado.

Unificación requerida: La Fiscalía, con la adhesión de la Defensoría de la Niñez y la Adolescencia, había solicitado la revocación de la condicionalidad de la pena anterior de 2021 y la unificación de ambas condenas en una sola pena de 11 años de prisión efectiva.

Resolución judicial: Finalmente, el tribunal resolvió imponer 5 años de prisión efectiva por la causa juzgada e integrarla con la sanción previa, fijando un monto total unificado de 6 años de cumplimiento efectivo.