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Un giro procesal se produjo en la causa por el crimen de Corina Mabel Mena, ocurrido en Junín de los Andes, luego de que el Tribunal de Impugnación de Neuquén resolviera declarar la nulidad de la sentencia a prisión perpetua dictada contra Jorge Octavio Linco.

La resolución, firmada de manera unánime por la sala integrada por los jueces Richard Trincheri, Estefanía Sauli y Patricia Lupica Cristo, dispuso retrotraer las actuaciones a la Oficina Judicial local para realizar un nuevo juicio popular desde cero bajo la conducción de un magistrado distinto. A pesar de la anulación del fallo, Linco continuará detenido bajo prisión preventiva.

El tribunal revisor fundamentó la medida en severas irregularidades detectadas durante la jornada de cierre del juicio por jurados. En una primera instancia, el jurado popular emitió un pronunciamiento contradictorio al declarar al acusado culpable de homicidio agravado por el vínculo y violencia de género, pero simultáneamente "no culpable por inimputabilidad". Tras la disolución formal del cuerpo, tres integrantes del jurado entablaron un contacto informal con la parte querellante en un recinto de dimensiones reducidas. Posteriormente, el juez del debate impuso una nueva instrucción y ordenó una segunda deliberación que concluyó en la condena a perpetua. La alzada determinó que ese procedimiento vulneró la garantía de imparcialidad y el debido proceso.

Fundamentos de la nulidad y próximos pasos procesales

Las consideraciones técnicas dispuestas por el órgano revisor comprenden los siguientes aspectos:

Invalidez de ambos veredictos: El tribunal desestimó el pedido de la defensa para validar la absolución del primer fallo por considerarlo defectuoso, sosteniendo que un acusado no puede resultar declarado culpable e inimputable al mismo tiempo.

Vicio de imparcialidad: Se determinó que el intercambio directo entre miembros del jurado y la parte acusadora tras la lectura inicial anuló las garantías de neutralidad para la segunda deliberación.

Deficiencias en las instrucciones técnicas: El fallo cuestionó la complejidad pedagógica del juez del trámite al explicar los alcances legales de la inimputabilidad y los formularios de votación.

Reinicio del juzgamiento: La causa retornará a Junín de los Andes para iniciar la selección de un nuevo jurado popular y fijar el plazo de extensión de la prisión preventiva del imputado.