Por pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF) fue revocada la prisión domiciliaria otorgada por un juez de garantías a Jorge Octavio Linco, acusado por el femicidio de Corina Mabel Mena en la ciudad de Junín de los Andes.
La resolución fue tomada hoy durante una audiencia en la que la asistente letrada del MPF, Lucila Maggiora, requirió que se deje sin efecto la prisión domiciliaria otorgada el pasado 18 de septiembre. La solicitud contó con el aval de la abogada querellante que representa a la familia de la víctima, Lorena Miani.
“Existe riesgo de fuga”, indicó Maggiora, y destacó que la resolución del magistrado Pombo fue arbitraria y careció de fundamentación. Por estos motivos, pidió que se vuelva a imponer la prisión preventiva y se revoque la prisión domiciliaria.
Una particularidad de la resolución fue que el juez de garantías otorgó un plazo de siete días a la defensa del acusado para presentar un domicilio donde Linco cumpliría la detención -ya que el ofrecido en ese momento no contaba con los requisitos para ser controlado-, por lo que prolongó por ese lapso la prisión preventiva, con vencimiento previsto para mañana.
La discusión sobre la medida cautelar se dio luego de que un Tribunal de Impugnación (T.I), el pasado 15 de septiembre, anuló la sentencia de prisión perpetua impuesta a Jorge Octavio Linco por el femicidio de Corina Mabel Mena y ordenó la realización de un nuevo juicio por jurados para evaluar su responsabilidad.
Entre los argumentos, el T.I sostuvo que existió un primer pronunciamiento del jurado popular que contenía aspectos contradictorios que no cumplían con las exigencias del Código Procesal Penal, ya que declaró al acusado culpable de homicidio y lesiones, pero al mismo tiempo sostuvo que era «no culpable por inimputabilidad». Al no ser posible ser culpable y no culpable en forma simultánea, ese veredicto no constituyó ni una condena ni una absolución válida.
Luego de esta resolución, la defensa del acusado planteó la morigeración de la medida cautelar: de prisión preventiva a prisión domiciliaria, lo cual fue avalado por el juez de garantías Pombo, principalmente por el vencimiento del plazo de un año previsto para este tipo de detención.
En la audiencia de hoy, el tribunal revisor compuesto por los jueces Lisandro Borgonovo, Juan Pablo Encina y Eduardo Egea, resolvió revocar la decisión por mayoría de los primeros magistrados: “existió arbitrariedad en la decisión del magistrado, manteniendo detenido al acusado 7 días más. Si hubiese considerado que cesaba la prisión preventiva, la determinación de la libertad debió ser inmediata, no mantenerla cuando ya la consideraba ilegítima”, afirmó la mayoría. “El juez fue contradictorio en su resolución”, añadió.
De este modo, Linco permanecerá detenido con prisión preventiva hasta el próximo 8 de diciembre, en principio.
