El Concejo Deliberante de Cutral Co comenzó a tratar la ordenanza anti Uber. La norma, en el artículo 1) señala que: se crea en el ámbito de la ciudad de Cutral Co el régimen Transporte Público Individual de Pasajeros (TPIP) comprendiendo el servicio de taxis, remis y radiotaxis. Toda mención al término taxi contenidas en normas municipales deberá entenderse en adelante como TPIP".
En el artículo 2) agrega que "ningún vehículo podrá ser explotado por el servicio público de TPIP u otro sistema como ejemplo el servicio de transporte de pasajero a través de plataformas, sin haber obtenido previamente la licencia correspondiente cumpliendo los requisitos y condiciones en la presente norma. En caso de detectarse un vehículo trasladando pasajeros, por lo tanto ejerciendo la actividad y no teniendo la licencia correspondiente se procederá al secuestro del vehiculo, abonará la multa correspondiente y se aplicará la sanción equivalente a la suspensión de la licencia por 6 meses".
Los vehículos para TPIP deben tener una antigüedad máxima de 10 años y deberán tener un cebrado negro en paragolpes. Los autos deben ser de color blanco.