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El Gobierno Nacional oficializó el nuevo Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) a través de la Resolución 9/2025 de la Secretaría de Trabajo, tras la fallida negociación entre gremios y empresas en el Consejo Nacional del Salario Mínimo. La medida establece un aumento escalonado que fue calificado como "irrisorio" por el sector laboral, ya que el monto final queda muy por debajo de las referencias de costo de vida.

El incremento, aplicado de manera unilateral, promedia una suba de solo $5.400 pesos mensuales a lo largo de diez meses, luego de permanecer congelado por dos años, desde que asumió el actual gobierno.

Aumento escalonado: apenas $54.600 en 10 meses

La resolución fija un incremento progresivo que eleva los $322.000 pesos congelados desde diciembre de 2023, hasta alcanzar los $376.600 pesos en agosto de 2026.

El organigrama de aumento es el siguiente:

·Noviembre: $328.400 pesos ($1.642 pesos la hora)

·Diciembre: $334.800 pesos ($1.674 pesos la hora)

·A partir de 2026:

Enero: $341.000 pesos ($1.705 pesos la hora)

Febrero: $346.800 pesos ($1.734 pesos la hora)

Marzo: $352.400 pesos ($1.762 pesos la hora)

Abril: $357.800 pesos ($1.789 pesos la hora)

Mayo: $363.000 pesos ($1.815 pesos la hora)

Junio: $367.800 pesos ($1.839 pesos la hora)

Julio: $372.400 pesos ($1.862 pesos la hora)

Agosto: $376.600 pesos ($1.883 pesos la hora)

Por debajo de la indigencia

El nuevo monto mínimo que cobrará un trabajador formal es equivalente a solo un tercio de la canasta básica total, que fue calculada en $1.213.800 pesos mensuales en octubre pasado.

Más grave aún, el salario mínimo queda incluso por debajo de la canasta de indigencia, que se ubicó en $544.300 pesos en la misma medición de octubre. Este nivel de ingreso se sitúa por debajo del promedio del SMVM que se pagó durante la década de 1990.

Impacto en políticas sociales

El Salario Mínimo no solo establece el piso de ingreso para los trabajadores inscriptos, sino que también sirve de referencia para:

·Futuras negociaciones salariales y prestaciones sociales.

·Coberturas para el desempleo y subsidios.

·Mediciones y estadísticas de los organismos estatales.

Además, la resolución indica que la Prestación por Desempleo será equivalente al 75 por ciento de la mejor remuneración mensual recibida por el trabajador en los seis meses previos a su despido.