Imagen
El Gobierno nacional concretó el envío al Congreso de la Nación de su proyecto de reforma laboral, una de las iniciativas más esperadas. El presidente Javier Milei firmó el texto este jueves para que sea tratado en el marco de las sesiones extraordinarias. El documento fue elaborado siguiendo los ejes establecidos en el Pacto de Mayo.

Esta iniciativa busca introducir cambios estructurales en la legislación vigente, con foco en el esquema de indemnizaciones, nuevas modalidades de acuerdos de horas y la creación de un salario flexible.

Modificaciones Centrales en el Régimen

El proyecto aborda varios puntos clave de la Ley de Contrato de Trabajo:

·Cálculo de Indemnizaciones: Se redefine la fórmula para el cálculo de la indemnización por despido. Se propone eliminar de la base de cálculo componentes no remunerativos  adicionales como aguinaldos, vacaciones, premios o propinas.

La base pasará a ser la remuneración "normal y habitual" del trabajador de al menos seis meses del último año.

Se establece un piso: la indemnización no podrá ser inferior a un mes de sueldo.

Se fija un tope: el monto no podrá exceder tres veces el salario promedio del convenio correspondiente, estableciendo un mínimo del 67% de ese valor promedio.

·Fondos de Asistencia Laboral (FAL): Se crea un sistema obligatorio para cubrir los despidos. Este fondo será financiado con una contribución del 3% de las remuneraciones.

El FAL será administrado por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV).

El Estado no tendrá responsabilidad alguna sobre el financiamiento ni la gestión de estos fondos.

·Banco de Horas: Se incorpora la posibilidad de que empleador y trabajador acuerden un "banco de horas" para compensar y administrar horas extra trabajadas.

Este acuerdo debe ser voluntario.

Debe formalizarse por escrito.

Debe garantizar los descansos obligatorios establecidos por ley.

·Salario Dinámico y Pago en Especie: Se introduce la figura del "salario dinámico".

Podrá fijarse por rendimiento o por tiempo.

El pago podrá efectuarse en pesos, moneda extranjera o, incluso, en especie.

·Vacaciones Flexibles: El nuevo régimen permite la división del período vacacional en fracciones mínimas de siete días. Se mantiene el derecho al goce anual entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente.

El proyecto de reforma laboral marca un hito en la agenda del Gobierno y será el centro del debate político y sindical en las próximas semanas.