En un fallo clave que cierra el capítulo económico de la causa Vialidad, la Sala IV de la Cámara de Casación confirmó la ejecución del decomiso de bienes contra la exmandataria Cristina Fernández de Kirchner, sus hijos Máximo y Florencia, y el empresario Lázaro Báez. La resolución busca asegurar el resarcimiento económico al Estado tras la condena por administración fraudulenta.
Un cierre a las apelaciones
La decisión, validada por los magistrados Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, ratifica lo dispuesto originalmente por el Tribunal Oral Federal N° 2 en 2022. Aunque la condena de prisión ya se encuentra firme y en ejecución desde el año pasado, el apartado referido a los activos permanecía en una disputa legal que finalmente fue destrabada este viernes.
El alcance de la medida patrimonial
El tribunal rechazó los intentos de las defensas por limitar el embargo a bienes con "trazabilidad directa" al delito. Los puntos centrales del fallo incluyen:
·Propiedades en Santa Cruz: El decomiso afecta inmuebles y departamentos en Río Gallegos, así como terrenos en la zona de Lago Argentino.
·Extensión a herederos: La Justicia determinó que la medida alcanza también a los bienes cedidos a Máximo y Florencia Kirchner, bajo la premisa de que el beneficio económico del delito debe ser neutralizado de forma efectiva.
·Empresas vinculadas: La resolución impacta sobre el patrimonio de Lázaro Báez y los activos de la firma Austral Construcciones, junto a otras sociedades satélites utilizadas en el esquema de obra pública.
Fundamentos de los magistrados
El juez Gustavo Hornos lideró el voto de la mayoría, argumentando que las penas por corrupción pierden su "eficacia institucional" si no se traducen en una recuperación real de los fondos sustraídos. Según el magistrado, el decomiso no puede ser una figura abstracta, sino una herramienta para privar a los condenados de cualquier rédito obtenido ilegalmente.
Antecedentes y plazos
Cabe recordar que la obligación de responder de forma solidaria por el monto actualizado de la condena había vencido en agosto del año pasado. Sin embargo, el proceso se encontraba suspendido debido a los recursos presentados por los abogados defensores. Con esta sentencia de Casación, se habilita la fase operativa para que el Estado tome posesión definitiva de los bienes señalados.
