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La medida alcanzará a los usuarios con credencial vigente que cumplan con una serie de pautas específicas, incluyendo además el trámite de portación para armas de guerra.

Nuevas pautas para accesorios de tiro

A través de la Resolución 48/2026 del Registro Nacional de Armas (RENAR), publicada en el Boletín Oficial, el Estado formalizó las condiciones para la tramitación, tenencia y empleo de moderadores de sonido, supresores y dispositivos de visión nocturna.

Para gestionar la autorización correspondiente, los legítimos usuarios de armamento de uso civil condicional deberán acreditar su pertenencia a una entidad de tiro inscripta o, en su defecto, presentar una licencia de caza con vigencia. Del mismo modo, resultará indispensable declarar el material objeto de la solicitud y comprobar la titularidad de piezas compatibles previamente registradas.

Identificación autónoma y grabación de serie

La reglamentación aclara que el registro de estos complementos se procesará de forma independiente respecto de las armas declaradas por el solicitante. Esto implica que la habilitación no ligará el accesorio a una única pieza de fuego, sino que permitirá su intercambio entre los distintos materiales compatibles que posea el usuario.

En los casos en que los dispositivos sean importados y carezcan de numeración de fábrica, será obligatorio gestionar ante el organismo la asignación de un código de serie, el cual deberá grabarse en la superficie del elemento según los criterios técnicos correspondientes.

Trámites por herencia y portación de armas de guerra

La normativa también fijó el procedimiento para regularizar armamento recibido mediante sucesión cuando no medie una declaratoria judicial. Quien invoque la condición de heredero deberá poseer o tramitar en el acto su condición de legítimo usuario, adjuntar la partida de defunción, presentar documentación respaldatoria y rubricar una declaración jurada certificada.

Asimismo, se establecieron las pautas para evaluar las solicitudes individuales de portación de armas de guerra. Los aspirantes deberán contar con tenencia vigente, carecer de antecedentes penales, acreditar aptitud psicofísica, certificar idoneidad técnica en el manejo y demostrar un medio de vida lícito.

Cada legajo será sometido a una ponderación integral de riesgo —a cargo de la Comisión de Portaciones y Sanciones— que analizará la actividad profesional, la exposición objetiva a amenazas y el contexto del requirente. Las habilitaciones concedidas se mantendrán vigentes mientras el titular conserve su credencial, quedando sujetas a suspensión o revocación si varían los presupuestos que motivaron su otorgamiento.