
La investigación penal seguida contra el actual ministro de Economía, Luis Caputo, por su presunta vinculación con sociedades financieras y la emisión de deuda soberana durante su paso por la gestión pública en el gobierno de Mauricio Macri continuará bajo revisión judicial.
La Sala I de la Cámara Federal porteña declaró admisible un recurso de apelación presentado por la fiscalía, por lo que el sobreseimiento dictado oportunamente no quedó firme y será analizado por la Cámara Federal de Casación Penal.
La resolución fue adoptada por los magistrados Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola, quienes consideraron que la confirmación del sobreseimiento —emitida en septiembre pasado— constituye una sentencia definitiva al poner fin a la acción penal y cerrar irrevocablemente el proceso.
Por su parte, el camarista Mariano Llorens votó en disidencia al estimar que los argumentos esgrimidos por el ministerio público resultaban insuficientes para habilitar la intervención del máximo tribunal penal del país.
El origen de la investigación y los fundamentos del fallo previo
El expediente se originó a raíz de denuncias que cuestionaron los supuestos lazos de Caputo con el conglomerado financiero Noctua Partners —incluyendo a la firma Princess International Group Ltd. radicada en Islas Caimán y LC Advisors SA en Argentina—, así como la presunta omisión de consignar dichos vínculos en sus declaraciones juradas ante la Oficina Anticorrupción.
Asimismo, la pesquisa abarcó el análisis sobre un posible uso de información privilegiada y la existencia de un presunto conflicto de intereses en la multimillonaria colocación de bonos de la deuda pública, operativo que incluyó la emisión de títulos a un siglo de plazo.
En las instancias anteriores, tanto el juez federal Julián Ercolini como los integrantes del tribunal de apelaciones habían resuelto el sobreseimiento del funcionario al concluir que no se acreditó la existencia de dolo o malicia en las omisiones patrimoniales, ni tampoco una maniobra de confusión entre los intereses públicos y privados.
Los magistrados sostuvieron que las vinculaciones societarias surgían de los registros fiscales y que la emisión de los instrumentos de deuda respondió a decisiones macroeconómicas de política oficial con intervención multisectorial, sin que la fiscalía lograra demostrar un beneficio indebido para las firmas involucradas.
Con la concesión del recurso, será ahora la Casación la encargada de fijar el criterio definitivo sobre la legalidad de la medida.
