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La Justicia Comercial condenó al supermercado Walmart (actualmente operado por el Grupo De Narváez bajo la marca Híper Changomas) y a la aseguradora Sancor a pagar una indemnización de $4.600.000 a una familia, luego de que un cartel publicitario cayera sobre su hijo de tres años dentro del local. La sentencia revirtió un fallo inicial que culpaba a los padres, estableciendo ahora la responsabilidad total del comercio por incumplimiento de su deber de seguridad.


La Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial dictó la resolución, que castiga al comercio por no garantizar la seguridad de sus clientes. El accidente ocurrió en octubre de 2017 en el supermercado de Pablo Podestá, cuando el niño T. sufrió lesiones al caerle encima un mobiliario de publicidad.

Fundamento legal: el deber de seguridad objetiva

El fallo de los jueces Héctor Osvaldo Chómer y Alfredo Kölliker Frers se basó en el marco legal de las relaciones de consumo, destacando que el sistema argentino impone una responsabilidad objetiva a todos los integrantes de la cadena de comercialización o servicio.

La resolución enfatizó que el ordenamiento legal, incluyendo la Constitución Nacional y la Ley de Defensa del Consumidor, exige el deber de seguridad para resguardar "la salud, la seguridad y la integridad física de los consumidores y usuarios".

El fallo condenó solidariamente al hipermercado y a Sancor, que deberá responder dentro de los límites de la póliza vigente al momento del hecho.

 El detalle de la indemnización por daño moral y físico

El monto total de la condena, que suma $4.600.000 (a pagar en un plazo de diez días sin intereses), se desglosa en los siguientes rubros:

·Incapacidad física del menor: $1.500.000. Los magistrados destacaron que, a pesar de que el porcentaje de incapacidad era reducido, debía valorarse la "proyección" del menoscabo en el desarrollo integral de la vida futura de un niño de tres años, contemplando sus aspectos lúdicos y relacionales.

·Daño moral padecido por el niño: $1.000.000.

·Daño moral padecido por los padres: $2.000.000. Se reconoció el "sufrimiento emocional" y el "desasosiego natural" ante el accidente que comprometió la salud de su hijo.

·Gastos médicos, traslados y pericias: $100.000 (incluyendo las sesiones de kinesiología).

La sentencia concluye que la víctima experimentó "dolor físico, así como también angustia, temor e inseguridad física derivados de la lesión padecida", lo que justificó la reparación integral dictaminada.