Un vecino de la ciudad ingresó una nota formal al Concejo Deliberante dirigida a las autoridades de Plaza Huincul en la que advierte que el plazo de vigencia de la Tasa Municipal de Movilidad Urbana se encuentra vencido desde el pasado 23 de julio de 2026 y solicita la interrupción inmediata de su percepción en los surtidores. Aunque aún no está claro a ciencia cierta cuándo empezó as cobrarse la tasa vial en Plaza Huincul, lo cierto es que la ordenanza se aprobó el 23 de julio de 2024 con una vigencia de dos años, es decir hasta la misma fecha de 2026. El tema es cuándo se promulgó la ordenanza y se estima que esto ocurrió entre el 5 y el 7 de agosto, es decir que, a partir de allí, el pago habría perdido su respaldo legal. Esto es lo que propone el vecino., que cada uno de los que cargue nafta en la ciudad, guarden el ticket para reclamar la restitución de la tasa que sería alrededor de 45 pesos por litro. El tema es que el ejecutivo municipal ha guardado silencio respecto a la aplicación efectiva de la norma.
La presentación, realizada por el vecino Nicolás Martínez, detalla el marco legal bajo el cual fue implementada la medida y cuestiona la continuidad de su cobro en los surtidores de combustibles líquidos y GNC de la localidad. En el escrito dijo que "Mediante Ordenanza N.º 1999/2024 se declaró la Emergencia Vial y del Transporte Público por el término de veinticuatro (24) meses, y se creó la denominada Tasa Municipal de Movilidad Urbana. La referida ordenanza fue sancionada el 23 de julio de 2024. Por ello, y salvo que exista una norma posterior, vigente, publicada y válida que haya dispuesto su prórroga o reemplazo, el plazo de vigencia de la emergencia y del régimen creado por dicha ordenanza se encontraría vencido desde el 23 de julio de 2026."
En la nota se señala además que las estaciones de servicio continúan actuando como agentes de percepción trasladando el costo a los consumidores, por lo que corresponde al Municipio aclarar la situación de la normativa.
Ante este panorama, el reclamo formal incluye cinco puntos dirigidos al Ejecutivo y al cuerpo deliberativo. Luego agregó que "se informe, en forma expresa y documentada, si existe ordenanza, decreto o acto administrativo posterior que haya prorrogado, sustituido o mantenido vigente la Tasa Municipal de Movilidad Urbana, indicando su número, fecha de sanción, promulgación y publicación oficial."
Así, continuó con los requerimientos expresando que "si no existe norma vigente que respalde la percepción, se ordene el cese inmediato de la tasa y se notifique fehacientemente a todas las estaciones de servicio y demás responsables sustitutos del ejido municipal para que interrumpan su cobro."
Así también solicitó que "se informe el monto total recaudado por este concepto desde el 24 de julio de 2026, discriminado por estación de servicio, período y cuenta bancaria receptora de los fondos."
Asimismo planteó que "se disponga un mecanismo público, sencillo y verificable para el reintegro de los importes cobrados a los consumidores con posterioridad al vencimiento de la norma, con los intereses que correspondan, previa acreditación mediante tickets, facturas u otros comprobantes de compra."
Finalmente añadió que "se remita copia de la respuesta y de la documentación respaldatoria a la Sindicatura Municipal y al Concejo Deliberante, a efectos de que ejerzan las atribuciones de control que les corresponden."
Por último, el peticionante solicitó que el escrito sea incorporado al expediente administrativo pertinente y se le otorgue una respuesta fundada por escrito.
