
A pesar de que el seleccionado chileno no participó en la cita mundialista, la fiebre por el torneo impactó de lleno en la sociedad trasandina, reflejándose de manera directa en las oficinas públicas. Un informe estadístico emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de ese país demostró cómo las principales figuras del balompié global inspiraron a miles de familias a la hora de elegir la identidad de sus hijos.
La influencia de Lionel Messi encabeza cómodamente las estadísticas en territorio chileno. De acuerdo con las actas oficiales, un total de 4.085 niños fueron anotados bajo el nombre de Lionel. La devoción por el astro de la Selección Argentina es tal que incluso su apellido fue adoptado legalmente como nombre de pila en 45 oportunidades.
Por el lado del subcampeón del mundo en Qatar, la figura de Kylian Mbappé también cosechó una notable popularidad: las delegaciones estatales documentaron a 972 bebés con el nombre de Kylian, mientras que dos ciudadanos fueron asentados directamente bajo el apelativo de Mbappé.
Tendencias europeas y vigencia de los históricos
El relevamiento detalla que los nombres vinculados a otras potencias futbolísticas ganaron terreno en los últimos meses:
·Inglaterra y España: La consolidación de las jóvenes promesas del Barcelona se hizo sentir con 177 inscripciones bajo el nombre de Yamal y los primeros dos casos históricos de Lamine. Asimismo, la figura del Real Madrid, Jude Bellingham, motivó 199 registros de Jude y dos de Bellingham, mientras que el seleccionado británico aportó 1.923 anotaciones de Harry y 85 de Kane.
·La vigencia de CR7: El legado de Cristiano Ronaldo sostiene su impacto en las nuevas generaciones con 2.208 niños llamados Ronaldo y otros 341 anotados como Cristiano.
El marco legal vigente y las recomendaciones oficiales
Frente a esta oleada de nombres inspirados en el deporte, el Director Nacional del organismo, Omar Morales Márquez, explicó las normativas que rigen en el país vecino. El funcionario aclaró que la legislación otorga plena autonomía y flexibilidad a los progenitores para la elección de la identidad de los menores, actuando los agentes estatales únicamente como orientadores en el proceso.
No obstante, la autoridad administrativa recordó que la normativa vigente fija restricciones específicas con el fin de proteger el bienestar del menor. En ese sentido, puntualizó que están prohibidas aquellas denominaciones que resulten extravagantes, ofensivas, ridículas o que puedan significar un perjuicio moral o material para el crecimiento del niño. Por tal motivo, desde la institución instaron a ejercer esta libertad con criterio y prudencia, contemplando la trascendencia que el nombre tiene a lo largo de toda la vida de una persona.
