
Al igual que Camioneros y Empleados del Vidrio, la Federación de Comercio obtuvo una medida cautelar en los tribunales de San Martín. El fallo suspende temporalmente los puntos de la ley que afectaban la ultraactividad de los convenios y los aportes solidarios al sindicato.
Los gremios continúan sumando pequeñas victorias en el ámbito judicial frente a la Ley de Modernización Laboral. En esta oportunidad, la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo —bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano— notificó formalmente a las partes del convenio mercantil sobre la plena vigencia del aporte solidario estipulado en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75, debido a una medida cautelar otorgada a la representación sindical.
La comunicación oficial se efectivizó el viernes 3 de julio con el propósito de prevenir futuros litigios o reclamos por diferencias en las liquidaciones de aportes. La causa, caratulada «Sindicato Empleados de Comercio de San Martín contra el Estado Nacional sobre Amparo Ley 16.986», tramita ante el Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín 2. Dicho tribunal ordenó al Ejecutivo abstenerse de aplicar las modificaciones de la Ley 27.802 en las relaciones laborales mercantiles, blindando el funcionamiento del CCT 130/75, el CCT 547/08 y el CCT 781/20.
Este dictamen se inscribe dentro de una estrategia gremial de disputas acotadas y de bajo perfil que busca contener los efectos de la reforma de la gestión libertaria, tras la masiva caída del amparo general que mantenía suspendidos más de 80 artículos de la normativa.
Los antecedentes en Camioneros y el sector del Vidrio
La resolución en favor de los empleados de comercio replica precedentes recientes en otros sectores industriales clave:
·Camioneros: En su último fallo antes de dejar el cargo, el juez Herman Mendel hizo lugar a una presentación de la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros, conducida por Hugo Moyano. El fallo, dictado el 30 de junio, suspendió los artículos 131 y 133 de la Ley 27.802, además de tres artículos del decreto reglamentario 407/2026, por considerar que vulneraban la autonomía colectiva y el financiamiento del CCT 40/89. Los puntos bloqueados afectaban directamente la recaudación destinada a coberturas de sepelios, subsidios a viudas, obra social y capacitaciones.
·Empleados del Vidrio: Días atrás, el Juzgado Nacional del Trabajo N° 24, a cargo de Leonardo Gabriel Bloise, otorgó una cautelar al sindicato conducido por Cristian Jerónimo. El juez dispuso que las cámaras empresarias del sector óptico y del vidrio deben respetar de forma estricta los artículos 64 y 65 del CCT 683/2014. La justicia argumentó que dichos fondos no constituyen un simple beneficio de caja para la estructura sindical, sino contribuciones esenciales para ayuda escolar, turismo y asistencia social de las familias trabajadoras.
Aunque se trata de resoluciones focalizadas por sector, los especialistas señalan que representan la punta de lanza de una ola de amparos preventivos presentados ante la justicia para frenar la quita de conquistas laborales.
