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El Poder Ejecutivo Nacional elevó a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional, una iniciativa integral que deroga la normativa vigente (Ley 26.659) e introduce un régimen punitivo severo para penalizar la explotación no autorizada de recursos naturales en la zona de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur.

El texto tipifica delitos con condenas de hasta 20 años de prisión para quienes realicen tareas de exploración o extracción de hidrocarburos, así como para las firmas que exploten la actividad pesquera sin autorización del Estado argentino. Asimismo, la ley establece la prohibición absoluta de operar en el país para aquellas personas físicas o jurídicas que tengan participación accionaria o vínculos comerciales indirectos con los proyectos desarrollados en el archipiélago.

Esta cláusula de incompatibilidad tiene un impacto directo en el entramado industrial energético, ya que prevé la rescisión inmediata de contratos estatales, la quita de exenciones fiscales y la imposibilidad de acceder a beneficios impositivos o regímenes como el RIGI a todas las empresas proveedoras que presten servicios o mantengan vinculación con desarrollos petroleros en el Atlántico Sur.

La medida alcanza de lleno a firmas internacionales y contratistas que actualmente operan en la formación no convencional de Vaca Muerta y que posean activos o lazos corporativos con la exploración en las islas.

Paralelamente a la reestructuración de las sanciones económicas y penales, el proyecto de ley contempla una profunda reforma en el sistema institucional de defensa y seguridad del país.

En ese marco, se promueve la creación del Consejo de Seguridad Nacional, un organismo conducido por la Presidencia de la Nación con amplias facultades para coordinar la política estratégica, requerir informes a las provincias e instrumentar lineamientos de control territorial. La iniciativa restablece y amplía además las reglas de empeñamiento militar para el tratamiento de aeronaves o buques identificados como hostiles dentro del espacio soberano.

Bajo estos nuevos protocolos de intervención, las Fuerzas Armadas y las autoridades de aplicación estarán facultadas para ejecutar maniobras de disuasión graduales que van desde advertencias ópticas y acústicas hasta disparos intimidatorios.

De persistir la amenaza o la negativa a acatar las órdenes oficiales, la norma autoriza, previa aprobación de la Presidencia o del Ministerio de Defensa, el uso de la fuerza como último recurso para la inutilización o el derribo de aviones, así como el hundimiento de embarcaciones, excluyendo expresamente de esta última medida a los navíos de uso civil.

Finalmente, la propuesta de ley contempla modificaciones en la legislación penal orientadas a la protección de los procesos democráticos. Entre sus puntos destacados, se incorporan tipificaciones punitivas para penalizar con prisión de 5 a 12 años a quienes ejecuten o financien campañas masivas de desinformación orientadas a alterar procesos electorales o desestabilizar instituciones con respaldo de agentes o intereses extranjeros.

La iniciativa también adecua artículos de la Ley de Partidos Políticos para impedir el financiamiento de agrupaciones locales con fondos provenientes de personas o entidades del exterior sin residencia permanente en el país.