El Poder Judicial de Córdoba dictó una sentencia de tres años de prisión efectiva contra un individuo identificado como F. J. R., hallado culpable de los delitos de extorsión en grado de tentativa, coacción simple reiterada y lesiones leves. El fallo fue emitido por el Juzgado de Control y Faltas N° 3, bajo la dirección del juez Pablo Agustín Cafferata.
El caso se resolvió mediante un juicio abreviado en el cual el imputado reconoció haber exigido a la víctima, G. R., la suma de 15.000 dólares a cambio de no divulgar material de encuentros sexuales. Las amenazas incluían la divulgación de las supuestas grabaciones a la pareja y al entorno laboral del damnificado.
La sofisticación delictiva: Anonimato y mensajes "volátiles"
Lo que destacó la gravedad del caso fue la metodología empleada por el condenado. El acusado ejecutaba las amenazas a través de la plataforma de mensajería Telegram, utilizando dos herramientas clave para ocultar su identidad y borrar rastros: un usuario con identidad oculta y la funcionalidad de autodestrucción de mensajes a los siete segundos.
El juez Cafferata enfatizó en su resolución que esta acción no fue una simple coacción, sino un acto "planificado" que se valió de "medios telemáticos volátiles" precisamente para garantizar el anonimato del agresor y dificultar la recolección de pruebas.
Además, el magistrado subrayó que el sentenciado "demostró una capacidad delictiva específica al emplear mecanismos digitales que complican la investigación judicial", destacando la necesidad de respuesta del sistema ante crímenes cibernéticos de alta complejidad.
Las secuelas psicológicas en la víctima
Si bien la víctima no cedió a la exigencia monetaria, la Fiscalía de Cibercrimen, dirigida por el fiscal Franco Pilnik, consideró que la conducta del imputado configuró más que un intento de extorsión; también provocó lesiones psicológicas derivadas del acoso digital y presencial al que fue sometido.
Los informes de los especialistas concluyeron que G. R. padece un trastorno de estrés postraumático, compatible con un cuadro adaptativo crónico, generado por el miedo y la persecución que experimentó.
El juez Cafferata validó la pena pactada, considerándola "proporcional y razonable" de acuerdo con el Código Penal, y elogió el progreso del sistema judicial provincial en la persecución de este tipo de infracciones digitales.
