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La Ley N.º 5.820 establece que los residentes transitorios y personas con residencia precaria deberán abonar por los servicios sanitarios y educativos provinciales. Se garantiza la atención en casos de urgencia, pero se habilita el cobro posterior. También se crean fondos especiales para financiar hospitales y centros educativos.

El Gobierno de Río Negro promulgó la Ley N.º 5.820, que redefine el acceso de los extranjeros a los servicios públicos provinciales de salud y educación superior. La norma, publicada en el Boletín Oficial y aprobada por mayoría en la Legislatura, dispone el cobro de aranceles a residentes transitorios y personas con residencia precaria, en concordancia con la Ley Nacional de Migraciones N.º 25.871 y su reglamentación.

La medida generó repercusiones políticas y sociales, especialmente tras las declaraciones del legislador Lucas Pica, impulsor del proyecto, quien defendió la iniciativa señalando que “tenemos que priorizar a los nuestros”.

Salud pública: atención garantizada y cobro posterior

En el ámbito sanitario, la ley determina que los hospitales y centros de atención provinciales podrán cobrar aranceles a extranjeros comprendidos en las categorías mencionadas. Sin embargo, se garantiza la atención en casos de urgencia o emergencia, y se habilita a la autoridad sanitaria a recuperar los costos con posterioridad.

El texto también faculta al Poder Ejecutivo a celebrar convenios de reciprocidad con otros países, lo que permitiría eximir del arancel a ciudadanos extranjeros cuyos Estados ofrezcan atención gratuita a los rionegrinos.

Además, se crea el Fondo Especial para la Salud Pública, financiado con los ingresos por aranceles, que será destinado a mejorar la atención, mantener equipamiento médico, capacitar al personal y fortalecer programas de calidad. El Ministerio de Salud provincial será la autoridad de aplicación.

Educación superior: aranceles y fondo especial

La norma también alcanza a los servicios de educación superior ofrecidos por instituciones públicas provinciales, como institutos técnicos, terciarios y de formación docente. Estas entidades estarán habilitadas a percibir aranceles de estudiantes extranjeros con residencia transitoria o precaria.

Se crea asimismo un fondo especial educativo, cuyos recursos se destinarán al mantenimiento edilicio, adquisición de equipamiento y gastos de funcionamiento, quedando prohibido su uso para el pago de salarios. El Ministerio de Educación y Derechos Humanos será responsable de su implementación.

Un debate abierto sobre derechos y migración

La aprobación de esta ley se produce en un contexto nacional de revisión de la Ley de Migraciones, que en su versión original garantizaba igualdad de trato en salud, educación y trabajo. En los últimos años, distintos decretos endurecieron los requisitos migratorios y habilitaron el cobro de servicios públicos a extranjeros.

Con esta medida, Río Negro se suma a esa tendencia, reabriendo el debate sobre los límites y alcances de los derechos sociales en contextos de movilidad humana y residencia temporal.