La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha emitido una resolución que prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización de tres marcas de aceite de oliva y una de azúcar en todo el país. La medida, publicada en el Boletín Oficial y firmada por la titular de la ANMAT, Nélida Agustina Bisio, busca salvaguardar la salud de los consumidores ante productos que incumplen normas del Código Alimentario Argentino y presentan datos de registro fraudulentos.
La prohibición abarca a todos los lotes y presentaciones de los productos afectados, extendiéndose incluso a aquellos que se ofrecen en plataformas de venta online. La principal razón de esta drástica decisión es que los artículos se comercializaban con datos de registro y de establecimiento falsos, lo que imposibilita verificar su origen y las condiciones sanitarias bajo las cuales fueron producidos.
Productos específicos bajo prohibición:
Los alimentos alcanzados por esta medida son:
·Aceite de Oliva Extra Virgen FUERTE, marca Los Ayllos.
·Aceite de Oliva Extra Virgen sabor intenso, marca Olivares del Rey.
·Aceite de Oliva Extra Virgen Clásico, marca Valle de Tunuyán.
·Azúcar común tipo A, marca Dulzura (RNE N° 23001241 y RNPA N° 23039151).
Detalles de las irregularidades detectadas:
La ANMAT detalló el proceso que llevó a cada prohibición:
·Caso Aceite Los Ayllos: La investigación se inició tras una consulta al Instituto Nacional de Alimentos (INAL). Se descubrió que los registros (RNE y RNPA) declarados en el envase pertenecían en realidad a otras empresas y productos. Una inspección en la dirección de la supuesta planta elaboradora confirmó que esta no existía, y que la razón social mencionada no figuraba en los registros provinciales. El incidente fue reportado al Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA).
·Caso Aceite Valle de Tunuyán: La empresa Almazara SA denunció el uso indebido de su Registro Nacional de Establecimiento (RNE N° 18000937). Paralelamente, la provincia de San Juan corroboró que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA N° 18010363) indicado en el producto no existía.
·Caso Aceite Olivares del Rey: Este producto fue identificado como ilegal luego de verificar que los números de RNE y RNPA que exhibía no eran válidos. Además, se constató su venta en plataformas digitales sin la autorización correspondiente.
·Caso Azúcar Dulzura: La prohibición de esta marca de azúcar se debe a la exhibición de datos falsos en su rotulado. Los registros (RNE y RNPA) mencionados no corresponden ni al producto ni a la empresa declarada.
Con estas acciones, la ANMAT reafirma su compromiso con la seguridad alimentaria y la protección de la salud pública, instando a los consumidores a verificar siempre la autenticidad de los registros en los productos que adquieren.